El decreto firmado el 17 de julio por el Presidente de la
República, José Mujica, y los ministros de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente y Economía y Finanzas, Francisco Beltrame y Fernando Lorenzo,
respectivamente, aprueba un incremento del 4,13 % en las tarifas
correspondientes a la Administración Nacional de las Obras Sanitarias del
Estado (OSE) que se aplicarán a los consumos generados a partir del mes de
julio de 2013.
El texto señala que las tarifas estaban vigentes desde
febrero de 2013 y que su revisión se funda en la impostergable necesidad de
adecuar los ingresos de la Administración a las obligaciones que origina la
prestación de los referidos servicios públicos. También refiere que OSE se
encuentra abocada a la reingeniería de su gestión comercial operativa, la que
tiene por objetivo mejorar la prestación de los servicios y lograr un
tratamiento equitativo para los clientes-usuarios.
Además del incremento tarifario, el decreto establece que la
deuda por los servicios de agua, saneamiento (convencional o efluente
decantado) e incendio se debe abonar mensual y conjuntamente, siendo
indivisibles, y que la falta de pago en el plazo establecido hará pasible de
corte el servicio contratado, con un preaviso de 3 días hábiles. Para la
reconexión, se deberá pagar o convenir el pago de la deuda que se haya
generado.
Para determinar el ajuste previsto del 4,13 %, se recabó
asesoramiento del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente (MVOTMA), la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA)
y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP).