Los clientes de UTE que utilicen medios de pago electrónicos
podrán acceder a la reducción de dos puntos del IVA, establecido en la Ley de
Inclusión Financiera. En la factura de energía eléctrica debe figurar la
leyenda “consumidor final”.
Los servicios técnicos de UTE recordaron que a partir del 1º
de agosto pasado comenzó a regir la Ley de Inclusión Financiera, que otorga una
rebaja en el IVA a las enajenaciones de bienes y prestaciones de servicio
efectuadas a consumidores finales, siempre que la contraprestación se efectúe
mediante la utilización de medios de pago electrónicos.
Al respecto, hacen énfasis en aclarar que todos los clientes
de UTE podrán acceder al beneficio de la reducción del IVA, siempre y cuando en
la factura de energía eléctrica figure la leyenda “consumidor final” en el
campo correspondiente al titular de la cuenta.
Además, según publica la Secretaría de Comunicación de
Presidencia, la empresa recuerda que las oficinas comerciales no manejan
valores desde el 1º de febrero de 2014 y la responsabilidad de realizar el
cálculo en los casos en que corresponda será del agente de cobranza.
La rebaja es de dos puntos del IVA, tanto para débitos
automáticos en bancos, débitos automáticos en tarjetas de créditos, pagos
puntuales a través de internet y a través de celulares, cajeros automáticos y
pago presenciales en las redes de cobranza.
Fuente y foto: Presidencia.