El senado aprobó por unanimidad la enmienda a un artículo
del Código General del Proceso aprobado en agosto.
El Senado aprobó una norma que prohibirá el embargo de las
cuentas y cajas de ahorro del imputado. Este mandato había sido incluido en el
numeral 8 del artículo 380 de la ley 19.090 del Código General del proceso,
aprobada semanas atrás.
La norma estaba vigente desde el 14 de agosto
.Esta
corrección presentada por el senador colorado José Amorín fue votado por
unanimidad al entenderse que salarios, jubilaciones y pensiones no deben ser
alcanzadas por embargos genéricos.
.La norma habilitaba al embargo cuando la
persona no había presentado una nómina de bienes con los cuales cumplir
sentencia. Para ello, la justicia debería obtener los números de cuenta y la
institución donde el imputado recibe su paga.Amorín Batlle dijo que esta
posibilidad "desvirtúa la protección legal" de los ingresos de las
personas. Actualmente unas dos millones de personas cobran haberes por el
sistema de débito bancario.La norma fue enviada de nuevo a Diputados para dar
sanción completa.
