El Ministerio de Desarrollo Social, a
través del Programa Nacional de Discapacidad y el Ministerio de
Salud Pública, con el apoyo de las Naciones Unidas, organizan una
capacitación sobre el acceso de las personas con discapacidad a los
servicios de salud.
Están convocados operadores sociales,
personal de salud, personas con discapacidad y familiares, que
sientan interés en profundizar el ejercicio de derechos y propiciar
políticas inclusivas, en los servicios de salud sexual y
reproductiva del Sistema Nacional Integrado de Salud.
Lugar: En Ambas localidades, en la
Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días.
Rocha: Lavalleja esquina José Ramírez
Chuy: Arachanes esquina Leonardo
Olivera
Horarios por subgrupos:
9:00- Operadores Sociales y Familiares
14:00- Personas con Discapacidad
17:00- Operadores de la Salud
Inscripciones: Centros MEC y Oficinas
del MIDES en Rocha y Chuy.
Se reglamentó el uso de bastón y
perros guía para personas con discapacidad visual
Paso firme
El pasado miércoles 11 de setiembre se
produjo un importante avance hacia el reconocimiento de los Derechos
de las Personas con Discapacidad. A través del Decreto sancionado
por el Poder Ejecutivo se reglamenta el uso del bastón blanco y
verde en todo el territorio de la República Oriental del Uruguay,
así como el uso de perros guía por parte de las personas con
discapacidad visual.
El Decreto Reglamentario de Uso de
Bastón y Perros Guías reglamenta los artículos 80 de la ley Nº
18.651 del 19 de febrero de 2010 y los artículos 1, 2 y 3 de la ley
Nº 18.875 del 23 de diciembre de 2011.
Verde y blanco
El proyecto redactado por el Programa
Nacional de Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social,
estableció que se adopta el uso del bastón blanco y verde en todo
el territorio de la República Oriental del Uruguay como instrumento
de movilidad para las personas con discapacidad visual (ciega y con
baja visión), además de reconocer por técnica de uso de bastón a
la técnica Hoover.
El mejor amigo
Otro de los Derechos de suma
importancia que surge de la Reglamentación y que cumple con
posicionar al Estado Uruguayo dentro de la principales legislaciones
de avanzada en la materia, refiere a perros guías y de asistencia,
reconociendo y garantizando en todo el territorio, a toda persona con
discapacidad que vaya acompañada de perro de asistencia o perro
guía, el derecho a acceder junto con él a cualquier lugar público,
de atención al público, lugares privados de acceso público y a
establecimientos o transportes de uso público, con independencia de
su titularidad pública o privada.
Subí que te llevo
Se establece la obligación de todo
propietario, poseedor o tenedor por cualquier título, de los lugares
y establecimientos con acceso al público y/o concesionarios o
permisionarios de servicios públicos o privados de transporte de
pasajeros de cumplir con la obligación de asegurar y garantizar la
accesibilidad y permanencia a los usuarios de perros de asistencia o
perros guías con el respectivo animal, en los términos y alcances
previstos en la presente reglamentación.
En campaña
Ante el avance legislativo comenzaremos
a trabajar desde el Ministerio en promover y llevar a cabo campañas
informativas y educativas de sensibilización dirigidas a la
población en general para lograr plasmar los derechos consagrados.