Decenas de productores fueron notificados de que se harán prospecciones por oro en la zona.-
VECINOS DE INDIA MUERTA PREOCUPADOS POR MINERÍA
MINERIA
Según el Código Minero en vigencia, “todo habitante de la República con ciudadanía natural o legal o toda sociedad debidamente constituida y con domicilio legal en el país, puede obtener una licencia para efectuar estudios y trabajos de exploración encaminados al descubrimiento de sustancias minerales útiles en determinada zona del territorio nacional, excluidas de esta zona las concesiones mineras ya en vigencia, pero con la obligación de resarcir los daños y perjuicios que ocasionare con motivo y a causa de sus trabajos en los predios objeto de la investigación”. También se aclarara que “el propietario del suelo y el arrendatario están obligados a respetar ese derecho de búsqueda. Regirá para lo relacionado con la imposición de las servidumbres y la avaluación y el pago de las indemnizaciones, todo lo preceptuado en el decreto-ley del 29 de Abril de 1933. La superficie máxima de una zona de exploración será de dos mil hectáreas”.
VECINOS DE INDIA MUERTA PREOCUPADOS POR MINERÍA
Productores de varias zonas del departamento, principalmente de la zona de Inda Muerta y predios cercanos a Villa Velázquez, están preocupados por las notificaciones recibidas respecto a la posible prospección en sus terrenos, de una empresa minera abocada a encontrar oro en esos predios.
Se plantea una reunión para las próximas semanas, e incluso no se descarta llevar adelante acciones de amparo como las realizadas por los vecinos de Cerro Chato - Valentines.
Si bien es indudable el valor del preciso metal, no se puede desconocer que la amplia mayoría de productores que viven en esa zona, se dedica a la ganadería y agricultura, siendo en muchos casos su única fuente de sustento, por lo que la posibilidad que se excave en sus terrenos, y se los deje improductivos debido a las sustancias utilizadas para sustraer el oro, caló hondo en los vecinos.
La noticia cayó como un balde de agua fría para quienes impulsan el turismo histórico en un circuito que ocupa buena parte de las Rutas 15 y 13, preservando todo su encanto natural, lo que chocaría de frente con el proyecto minero que se pretendería implementar.
Si bien es indudable el valor del preciso metal, no se puede desconocer que la amplia mayoría de productores que viven en esa zona, se dedica a la ganadería y agricultura, siendo en muchos casos su única fuente de sustento, por lo que la posibilidad que se excave en sus terrenos, y se los deje improductivos debido a las sustancias utilizadas para sustraer el oro, caló hondo en los vecinos.
La noticia cayó como un balde de agua fría para quienes impulsan el turismo histórico en un circuito que ocupa buena parte de las Rutas 15 y 13, preservando todo su encanto natural, lo que chocaría de frente con el proyecto minero que se pretendería implementar.
SILENCIO
No deja de ser curioso lo poco que se ha comentado este proyecto desde filas estatales, a pesar que se manejan tres lugares claves para emprendimientos mineros en nuestro departamento (ver mapa), sólo se escucha hablar del megaproyecto de Aratirí, e incluso se anuncia que se va a plantear una consulta al respecto. Pero hasta ahora nadie ha planteado preguntarle a los vecinos de India Muerta si les interesa este tema, sólo los han notificado. Por eso algunos productores han realizado consultas, se están agrupando, y no se descarta algún anuncio en las próximas semanas. MINERIA
Según el Código Minero en vigencia, “todo habitante de la República con ciudadanía natural o legal o toda sociedad debidamente constituida y con domicilio legal en el país, puede obtener una licencia para efectuar estudios y trabajos de exploración encaminados al descubrimiento de sustancias minerales útiles en determinada zona del territorio nacional, excluidas de esta zona las concesiones mineras ya en vigencia, pero con la obligación de resarcir los daños y perjuicios que ocasionare con motivo y a causa de sus trabajos en los predios objeto de la investigación”. También se aclarara que “el propietario del suelo y el arrendatario están obligados a respetar ese derecho de búsqueda. Regirá para lo relacionado con la imposición de las servidumbres y la avaluación y el pago de las indemnizaciones, todo lo preceptuado en el decreto-ley del 29 de Abril de 1933. La superficie máxima de una zona de exploración será de dos mil hectáreas”.