Dicho Decreto dice que hay normas que reglamentan el acceso a las prestaciones de Salud Sexual y Reproductiva, en particular el acceso universal a métodos anticonceptivos.
El Presidente de la República decreta en el artículo 10º, “incorporándose a los Programas Integrados de Salud y al Catálogo de Prestaciones de Salud, como prestación obligatoria, la colocación de Dispositivo Intrauterino (DIU) Dicha prestación no dará derecho al cobro de tasa moderadora, sin perjuicio de la correspondiente consulta ginecológica.
En los casos en que el Dispositivo sea el suministrado a las Instituciones por el Ministerio de Salud Pública, no dará lugar a ningún pago por este concepto por parte de la usuaria”.
Desde la Secretaría de la Mujer alentamos esta medida que consideramos apunta a fortalecer los derechos de las mujeres en cuanto a su Salud Sexual y Reproductiva. Fortalece la idea de que todas las mujeres podemos decidir qué hacer con nuestro cuerpo y apoya el concepto de libertad de decisión y planificación de vida.