sábado, 8 de septiembre de 2012

En la tasa cuantas moneditas entran?


La Suprema Corte de Justicia, remitió oportunamente al órgano deliberativo departamental  cuatro oficios , requiriendo determinada información acerca de Actas de la Junta, los decretos correspondientes a los dos últimos Presupuestos Quinquenales del Ejecutivo y un Decreto relacionado con la tasa bromatológica.
 La Junta evacuó esa consulta, pero además pide que se le envíen las Rendiciones de Cuentas de los dos últimos dos períodos de Gobierno y lo recaudado por concepto de la aplicación de la tasa bromatológica. Dicho esto la Intendencia hizo la remisión de un oficio, a la junta departamental de Rocha ,con fecha de 31 de agosto de 2012.,señalando respuesta a dicha  solicitud en el Oficio N° 304/12, se informa que según consta en las Rendiciones de Cuentas de la Intendencia Departamental de Rocha, en los últimos dos períodos, lo recaudado por la Tasa de contralor Bromatológico fue:

Año 2010 15.270.394

Año 2011 19.019.289


El secretario general de la Junta expresó que esto en realidad vienen a ser los últimos ejercicios y no períodos; la Suprema Corte pide Rendiciones de Cuentas de los dos últimos períodos o sea 10 años, dos períodos de Gobierno acá en lo departamental lo recaudado en ese lapso por tasa de contralor bromatológico, acá cita solamente dos ejercicios 2010 y 2011 me parece que la respuesta no está ajustada al requerimiento de la Corte, es lo que me parece.-

Por su parte el presidente Mauro Mego ,señalo que  en las comunicaciones que envía la Suprema corte de Justicia sólo una está correctamente dirigida a la Junta, el resto el encabezado dice “señor Presidente de la Intendencia Municipal de Rocha”. Nosotros lo remitirnos oportunamente y ésta ha sido la respuesta que no se ajusta a lo requerido, lo que sí estaba a mano de la Junta, es decir las Actas y todos de aquellos documentos se remitieron oportunamente.-

Había un error en cuanto a la comunicación de esto y se procedió en consecuencia y se continuará a los efectos de que se evacúe oportunamente por parte de la Intendencia los datos que requiere la Suprema Corte.-


 El oficio enviado desde la junta a la IDR es el siguiente


Rocha 28 de agosto de 2012.

SEÑOR INTENDENTE DEPARTAMENTAL

DON ARTIGAS BARRIOS

De mi consideración:

Esta Junta Departamental recibió sendos oficios de la Suprema Corte de Justicia, requiriendo documentación relacionada con los autos “Bekmar S.A. c/ Gobierno Departamental de Rocha- Acción de Inconstitucionalidad- arts. 33 a 39 de la Junta Deptal., decreto 8/09- Tasa Bromatológica.”

Se ha evacuado lo concerniente a las Actas 9, 10 y 19 del año 2010, los dos últimos Presupuestos Quinquenales y el decreto 8/09 sobre la Tasa de Contralor Bromatológico.

Resta responder sobre las Rendiciones de Cuentas de los dos últimos Períodos de Gobierno y el nivel de lo recaudado por la aplicación de la Tasa de Contralor Bromatológico, por lo que nos permitimos requerirle que ese Organo se sirva evacuar la información correspondiente sobre estos temas.