miércoles, 31 de julio de 2013

Operación "Wayra" -Diez procesados

En el día de ayer, una vez culminada la audiencia judicial la Magistrada actuante dispuso el procesamiento con prisión de:
  • -N.S.D.D., como autor de un delito de violación al artículo 31 del Decreto 14.294 en las modalidades de transporte e importación.
  • -C.C.P.S., como autor de un delito de violación al artículo 31 del Decreto 14.294 en la modalidad de transporte en grado de tentativa.
  • -B.S.Z.F., como coautor de un delito de violación al artículo 31 del Decreto 14.294 en la modalidad de importación.
  • -R.A.P., como coautor de un delito de violación al artículo 31 del Decreto 14.294 en las modalidades de importación y transporte.
  • -R.H.F., como coautor de un delito de violación al artículo 31 del Decreto 14.294 en las modalidades de importación y transporte.
  • -Sergio Nelson LAMADRID AMACORIA, poseedor de antecedentes penales; como autor penalmente responsable de un delito de lavado de activos.
  • - Raúl Jorge CIRULLO MARTUCCELLO, poseedor de antecedentes penales; como autor de un delito continuado de violación al articulo 31 del Decreto 14.294 en la modalidad de comercialización.
  • - J.M.M.F., como autor de un delito de violación al artículo 32 del Decreto 14.294 en la modalidad de organización.
  • - A.F.C.P., como autor penalmente responsable de un delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de asistencia a las actividades de narcotráfico.
  • -Quevedo HERNANDEZ FAZ, poseedor de antecedentes penales; como coautor penalmente responsable de un delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de importación.
Asimismo dispuso el procesamiento sin prisión bajo caución juratoria con aplicación de medidas sustitutivas de:
  • - F.C.L.S., como autora de un delito continuado de violación al articulo 31 del Decreto 14.294 en la modalidad de comercialización; imponiéndole la medida de presentarse en la Seccional Policial de su domicilio dos veces por semana durante 60 días.
  • - S.A.R., como autora de un delito continuado de violación al artículo 31 del decreto 14.294 en la modalidad comercialización; imponiéndole la medida de presentarse en la Seccional Policial de su domicilio dos veces por semana durante 60 días.
    Respecto a A.G., J.C.L.A,  W.H.F., B.V.L y R.M.L.M., dispuso el “cese de detención”, remisión de la sustancia incautada al ITF para su análisis cuantitativo y cualitativo; y orden de captura nacional e internacional para C.S.M.R y F.N.S.B..-