El Banco Central del Uruguay (BCU) resolvió que los comercios y las redes de pagos no pueden cobrar un sobre cargo a las personas que pagan bienes o servicios con tarjetas de débito asociadas a una cuenta bancaria en la que reciben el sueldo, la jubilación o una prestación social.
En un comunicado, dado a conocer este martes, se establece que la decisión fue adoptada luego de constatar que las redes de pagos cobraban un cargo extra de 0,35%.
El documento señala que están incluidos en esta prohibición “los pagos que se realizan directamente en el comercio en el que se adquirió el bien o servicio, así como los que se realizan en las redes de pagos y cobranzas”.
De esta manera la autoridad monetaria advierte a los comercios que no pueden trasladar a los consumidores un cargo adicional por pagar con tarjetas de débito.
“Las entidades mencionadas son responsables de realizar los ajustes operativos y tecnológicos necesarios para su aplicación”, indica el comunicado.
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