jueves, 24 de abril de 2014

Sepa como se podrá comprar y tener plantas de marihuana

Se conocieron detalles tales cómo se realizará la venta de marihuana en las farmacias y cuánto se podrá cosechar por año en cada hogar.
 
Subrayado (canal 10) accedió a la regalmentación de la ley y dió a conocer detalles. La ley creó el Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCA), que se encargará de llevar adelante un registro de quienes planten, cosechen, vendan y consuman marihuana.

A continuación  el contenido del decreto que reglamenta la ley y que en las próximas horas hará público el gobierno, según Subrayado.

¿Qué actividades estarán permitidas, tras obtener la autorización correspondiente del IRCCA?

Plantación, cultivo y cosecha doméstica de cannabis. La dispensación de cannabis en farmacias para personas registradas. La plantación, cultivo y cosecha de plantas de cannabis en clubes de membresía para uso de sus miembros.

¿Quiénes podrán comprar marihuana y a qué precio?

Se podrá adquirir en farmacias hasta 40 gramos por mes y por persona. El precio de la marihuana que se venderá en las farmacias será fijado por el IRCCA. Podrán adquirir marihuana personas mayores de 18 años.

¿Cuántas plantas podrá tener cada hogar para su consumo personal?

El cultivo domestico permitirá hasta seis (6) plantas de cannabis por cada casa habitación, sin importar la cantidad de personas que vivan en ese lugar.

¿Cuánto se podrá cosechar por año en cada hogar?

El producido de la plantación no podrá superar los 480 gramos anuales. Esta producción deberá realizarse dentro de la casa habitación o sus dependencias, incluyendo jardines exteriores, bajo condiciones de seguridad que eviten el fácil acceso a menores o personas no autorizadas.

¿Cómo se realizará la venta en las farmacias?

Podrán adquirir cannabis ciudadanos uruguayos, legales o naturales, o con residencia habitual en el país por mas de un año.

Para comprar la marihuana deben estar anotados en el registro de consumidores y concurrir al local comercial en persona, no pudiendo hacerlo a través de terceros.

Estará prohibido el envío fuera del local o a domicilio, así como toda otra modalidad de venta, como puede ser a través de internet, la venta telefónica, etcétera.

La marihuana en las farmacias no podrá estar expuesta al publico y deberá permanecer en un recipiente cerrado y con condiciones de seguridad adecuadas.

¿Cómo serán los clubes de membresía cannábicos?

Podrán tener un mínimo de 15 miembros y un máximo de 45. Deberán constituirse como asociaciones civiles, con estatutos y personería jurídica otorgada por el Ministerio de Educación y Cultura.

Los clubes cannábicos podrán plantar hasta 99 plantas de marihuana. La producción y acopio anual de marihuana no podrá superar la cantidad de 480 gramos anuales por socio.

¿Qué limitaciones tendrán los consumidores?

Quedarán inhabilitados para conducir quienes tengan su capacidad afectada por el consumo de cannabis. Se determinarán exámenes correspondientes para detectar la marihuana en los conductores, en controles que estarán a cargo de inspectores de transito policiales y municipales, y funcionarios de la Prefectura Nacional Naval, previéndose la retención de la libreta de conducir y otras sanciones.

Estará prohibido fumar en los lugares de trabajo o estando a la orden del empleador. No se podrá consumir en espacios cerrados o abiertos, públicos o privados, que correspondan a centros de salud, de enseñanza o deportivos, así como instituciones donde se realice la practica docente.

¿Cómo se va a producir el cannabis?

Habrá un registro de productores de marihuana para venta en farmacias, que podrán importar y producir semillas para el cultivo.

Deberán gestionar la licencia correspondiente ante el IRCCA, para lo cual deberán abonar un costo que la reglamentación no establece. El control de calidad de la cosecha se realizara en laboratorios autorizados por el IRCCA.

¿Qué pasa con las plantas existentes?

Se otorgará un plazo de 180 días para inscribir las plantas existentes al momento de la puesta en vigencia del registro. Luego de ese plazo solo se admitirá el registro de nuevas plantas.

El IRCCA controlará todas las etapas de plantación, cultivo, cosecha, distribución y venta de cannabis. Para para ello podrá contratar el servicio técnico de otras instituciones, públicas o privadas.

¿Qué infracciones y sanciones puede haber?

Por violación de disposiciones legales y reglamentarias en materia de licencias, las multas van desde las 20 UR (14.500 pesos hoy) a 2.000 UR (1.450.000 pesos).


También se decomisará mercadería, se suspenderá del registro al infractor, y se clausurará total o temporalmente los locales licenciatarios.
larepublica