El Presupuesto General de Sueldos y Gastos del
Gobierno Departamental de Rocha se fija en la suma de $ 1.756.663.641
( Pesos
uruguayos un mil setecientos cincuenta y seis millones seiscientos sesenta y
tres mil seiscientos cuarenta y uno ), incluyéndose en este importe el
correspondiente a la Junta departamental, de acuerdo a la comunicación recibida de ese Órgano de
Gobierno.
Del Presupuesto de Recursos para el ejercicio 2016 y
siguientes se agrega en el texto Presupuesto de Recursos de la
Intendencia Departamental de Rocha ,fíjese en la suma de $ 1.756.916.502 (Pesos uruguayos un mil
setecientos cincuenta y seis millones novecientos dieciséis mil quinientos dos).
Segùn establece el texto el Intendente percibirá, por concepto de sueldo, idéntica retribución a la que corresponde a los Representantes Nacionales, la que se actualizará en la forma dispuesta para dicha función (Resolución de la Junta Departamental de Rocha N° 123 de fecha 28 de abril de 2015).
Sobre los funcionarios,se dice que mantendrán los
beneficios, retribuciones y prestaciones otorgados por el Decreto Departamental N°2/2006
y las disposiciones modifcativas y complementarias.
Ajustes salariales para el quinquenio : Las partes acuerdan los
ajustes salariales que se
detallan a continuación:
a) A enero de 2016 el ajuste será del 100% del IPC.
b) A partir de julio de 2016: i) se salarizan (se incluyen
al salario básico) según corresponda por el presupuesto actual del grado 2 al 5 las
partidas correspondientes a presentismo, vestimenta y la partida de
recuperación de 2013 (equivalentes hoy a $ 415, $ 763, $ 1.568 respectivamente)
actualizadas por IPC.
c) Se fja la partida del 20 % de insalubridad y de riesgo a
valores de enero de 2016 las que pasarán a actualizarse en el futuro por IPC anual.
d) A partir de enero de 2017 se prevé un aumento del 100 %
por IPC para los años sucesivos hasta el fnal del quinquenio.
e) Si de la aplicación del presupuesto quinquenal 2016-2020
en el ejercicio fiscal de 2016 se registra un incremento real en los ingresos
departamentales con respecto al año 2015, el 25 % de este incremento se aplicará a una
recuperación salarial anual por encima del aumento de IPC.
A los efectos de considerar el incremento se entienden por
ingresos departamentales los tributos de recaudación departamental de
generación anual (contribución departamental inmobiliaria urbana, rural y
patente de rodados).
En el texto del presupuesto se señala que el aumento benefciará a todos los funcionarios (grado 2 al
9), a partir de julio de 2017. El mecanismo se aplicará de igual manera para los
ejercicios fscales
siguientes. Es decir, si el ejercicio 2017 implica
incremento respecto al 2016 el 25 % de dicho incremento se aplicará como aumento real a partir de
julio de 2018 y así sucesivamente hasta el fnal del quinquenio.
En caso de que de la aplicación de la variable señalada no
se supere la cifra de $ 390 de incremento para cada funcionario, la Intendencia abonará
la suma de $ 390, asegurando éste piso de recuperación. Ésta cifra se ajustará
anualmente por IPC a partir de su efectivización (julio de 2018).
Comisión de Salud y Seguridad Laboral: Las partes
se comprometen a continuar fortaleciendo el funcionamiento de esta comisión.
FONASA La Intendencia de Rocha se compromete a que
si el ingreso al sistema se produce durante el presente período de gobierno
esta incorporación no implicará pérdida salarial.
Carrera funcional. Las partes continuarán avanzando
en la efectivización de los procesos iniciados, organigrama, ascensos,
presupuestación y creación de cargos. A su vez se acuerda avanzar en la negociación
referente a escalafones administrativo, inspectores, obras y división de sistemas.
Prima por tarea riesgosa o insalubre: La partes
acuerdan incorporar en el pago de la prima por tarea riesgosa o insalubre, las
actividades que se describen a continuación: a) Asfalto: maquinistas y cuadrilla, b)
Cuadrilla de Poda, c) Trabajo con desmalezadoras - motosierra, d) Trabajo con herbicidas,
e)Aplicadores de plaguicidas, f) Manipuladores de ollas en comedores en
contacto directo con elfuego, g) Auxiliares de servicio afectados a la limpieza de
baños, h) Personal afectado a la exposición de cloro en piscina previo informe
técnico que se realizará, i) Enfermería, j) Exposición a la concentración de portland
en polvo, k) Trabajos en redes cloacales, obstrucciones de conexiones, limpieza y
desobstrucción del colector y cunetas, l) Trabajos de sanitaria, ll) Personal
de expendio afectado a trabajos con maquinarias de corte, m) Personal afectado a
calderas (foguistas), n)
Personal afectado a maquinaria barredora (maquinista y
cuadrilla), o) Soldador, p) Chofer en camión elevador de electricidad.
Esta partida se abonará de acuerdo a los parámetros
establecidos en el literal c) de la cláusula primera del presente acuerdo.
Régimen horario del personal inspectivo: A partir del
1o de enero de 2016, el cuerpo inspectivo tendrá un régimen de labor de 8 hs
diarias.
Comisión bipartita. Las partes acuerdan previo a la
rendición de cuentas del año 2017, a comienzos de mayo de 2018 se instalará una
comisión bipartita de análisis de situación y perspectivas del salario para el
resto del quinquenio de acuerdo a la situación presupuestal y de recaudación de la Intendencia.
Prevención de Confictos. La partes acuerdan que en
caso de diferendo o conficto, antes de adoptar medidas de acción gremial de
cualquier tipo agotarán las instancias de diálogo a los efectos de encontrar
soluciones al mismo. A tales efectos de convocará el ámbito bipartito en un plazo máximo
de 72 hs; en caso de mantenerse el diferendo se convocará al ámbito tripartito,
en caso de que allí no se arribe a un acuerdo las partes quedan liberadas de tomar las
acciones que estimen pertinentes.
Vigencia. El plazo de vigencia del presente convenio
será desde el 1 º de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2020. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente se
incluye como tareas
insalubres a el personal afectado al abastecimiento y
distribución de combustible, la tareas de gomería y el trabajo en altura superior a dos
metros cuarenta centímetros .
El traslado previsto en el artículo 20 del decreto 2/006 deberá
ser a una distancia superior a 20 Kilómetros.
Todo funcionario que se acoja a los
beneficios jubilatorios tendrà un Premio Retiro
Segùn lo establece el ejecutivo en su proyecto de presupuesto todo aquel funcionario percibirá un beneficio por retiro de acuerdo a la siguiente
escala:
A) Por 30 años de servicio en la Institución el equivalente
a 12 meses de sueldo.
B) Por 25 años de servicio en la Institución el equivalente
a 10 meses de sueldo
C) Por 20 años de servicio en la Institución el equivalente
a 8 meses de sueldo
D) Por 10 años de servicio en la Institución el equivalente
a 5 meses de sueldo
Considerase sueldo a los efectos de la percepción del
presente beneficio la remuneración mensual que reciba el funcionario y que
corresponda al cargo o grado de que sea titular el beneficiario, por 6 horas diarias de labor
más la prima por antigüedad,.
Cuando el cómputo de los años de servicios no se ajuste a la
escala establecida, percibirá el beneficio inmediato inferior que fija la escala
mencionada.
El presente benefcio, a opción del interesado, podrá ser
abonado en cuotas mensuales a razón de un sueldo por mes, o en su defecto en una única
partida a abonar seis meses después del cese efectivo de la relación funcional.
Aùn queda mucho por desglosar del Proyecto de Presupuesto .Aùn hay màs detalles que usted merece saber .