viernes, 5 de octubre de 2018

Gobierno viola la Constitución al declarar de interés portuaria franja costera de Rocha

En la Rendición de Cuentas se presentó un artículo que llamó la atención y la inquietud de algunos legisladores de la oposición y técnicos de la comunidad científica.




En la ley de presupuesto se incluyó la posibilidad de que un extenso tramo de la costa oceánica en Rocha que se declara de interés portuario.





El Director de la Maestría de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Universidad de la República Pablo Ligrone afirmó que se viola la constitución ya que un proyecto con este se debe habilitar mediante una ley especial y no incluir en la Rendición de Cuentas.

Ligrone señalò en Radio Carve ,que el artìculo 327 hace referencia a la declaraciòn de  habilitaciòn  como zona de interés portuaria, la constituida por el frente marítimo que se extiende entre los balnearios Mar del Plata y La Florida en el departamento de Rocha y agrega ,que forma parte de la zona denominada "entre cabos"de la costa del Océano Atlántico del departamento de Rocha.

"Se trata de una extenciòn de 15 kilómetros ,desde balneario Mar del Plata  junto a la zona del Palenque ,en el que una ley de años atràs decidiò que allì se construirìa un Puerto de Aguas Profundas."

Este artìculo de la ley de presupuesto,que hace referencia al "plan entre cabos".

Pero en el plan ,se  establece  que en el perímetro que se extiende hasta La Florida ,serà  área costera de uso turístico residencial de baja intensidad .Se incluye centros urbanos agrega Ligrone.

"Aquì hay una contradicciòn con lo que establece  la Rendición de Cuentas .Y esa contradicciòn está enmarcada en lo que expresa la ley de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible del año 2008 e incluso con una ley orquestada por el congreso de intendentes que fue aprobada el año pasado .Ley 19525 directrices territoriales y desarrollo sostenible."

Si el "plan los cabos"indica que esos 15 kilómetros son balnearios no tiene sentido que se declare como zona de interés portuario.

"Acà lo que se aprecia es una inconsistencia con la constitución de la república.Primero ,este tipo de contenidos en una ley de presupuesto està vedado específicamente por el capítulo correspondiente hacienda.Otro aspecto relevante ,està declaraciòn de zona de interés portuario, està afectando a todas las propiedades pùblicas y privadas dentro de esos 15 kilómetros de costa ,que en el "Plan Los Cabos"tiene su caracterizaciòn .Por lo tanto la afectaciòn a esos predios es directa ,a su valor y condiciona el uso de la propiedad privada.

Ligrone recuerda el artìculo siete de la constituciòn.

"Nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme a las leyes que se establecieron por razones de interés general."Esta ley de presupuesto no tiene esas características ."

En el año 2004 ,la constituciòn de la república fue modificada y el artìculo 47 exige ordenamiento territorial como mecanismo de planificaciòn. Ademàs consagra la participaciòn de la gente-Cosa que una ley de este tipo no tuvo la participaciòn ni de los vecinos ,ni de las autoridades departamentales.
La ley de ordenamiento en sus 83 artículos ,deben aplicarse  señala Pablo Ligrone .

"Este artìculo no se debía aprobar .Se desconocen las directrices nacionales en el 2008 por ley. Esta modificación no tiene una evaluaciòn ambiental estratégica . Ni la va a tener .Este parlamento la eliminò en el año 2015 .Eliminaciòn de los planes nacionales."
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