Ante versiones sin fundamento de que servicios de Antel en el sector rural y en relación al Plan Ceibal podrían verse afectados por una sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo sobre la banda de 900 Mhz, la Administración Nacional de Telecomunicaciones, informa:
1. Que dicha sentencia se refiere exclusivamente a la anulación de la asignación precaria que en su momento aprobó la URSEC a favor de nuestra empresa.
2. En casos de gran complejidad como el presente, se debe articular una solución que no implique ninguna alteración del servicio en las comunicaciones en el interior del país ni en los centros de enseñanza que forman parte del Plan Ceibal.
3. Que ANTEL está abocada a instrumentar las soluciones adecuadas a esta situación en consonancia con el Poder Ejecutivo.
4. Que el cumplimiento de la sentencia no implicará el apartamiento de políticas públicas de dimensión nacional (Plan Ceibal, conectividad a escuelas rurales, suministro de servicio de telefonía fija rural – RURALCEL-), ni el desamparo de los derechos de los usuarios, garantizando ANTEL el mantenimiento de estos servicios sin afectación alguna.
5. ANTEL reafirma que el cumplimiento de la sentencia se realizará sin perjuicio alguno para el servicio de excelencia que disfrutan sus clientes.