jueves, 21 de agosto de 2014

El malevaje extrañao, me mira sin comprender..

El caso Dr Mendez Benia ,Junta departamental no  se da por finalizado aun ,un nuevo round se comienza a disputar.
En un bloqueo antes de hacer el doble como lo calificó Mendez, al hecho vivido el martes 12 de agosto en la JDR ,cuando trato de asumir como edil titular de su banca ,ahora el propio Dr pide minuto y en la hora.









Lo que sucede ahora es que el martes 19 ,tres horas antes del comienzo de una nueva sesión ordinaria llego a la mesa central del órgano deliberativo departamental una misiva de parte  del patrocinante del Dr. Méndez Benia, pidiendo un plazo de  treinta días a los efectos de presentar los fundamentos de la impugnación a las actuaciones de esta Junta.
Y como dice la letra del tango ¿No ves que estoy embretao vencido y maniao en tu corazón?
A continuación transcribimos la misma para que nuestros lectores estén enterados de que se trata la misma .
Roberto Méndez Benia, titular de la Cédula de Identidad
N° 3.347.593-7, con domicilio real en callejuela José A. Ribot N° 44 de la ciudad de Rocha, constituyendo domicilio especial a los efectos del procedimiento recursivo que vengo a iniciar en la calle Orosmán de los Santos N° 183, a la Junta Departamental de Rocha, DIGO:
Que vengo a interponer recurso administrativo de reposición contra la Resolución N° 109/13 de fecha 18 de junio de 2013 dictada por la Junta Departamental de Rocha y puesta en mi conocimiento el día 12 de agosto de 2014, haciendo expresa reserva de mi derecho a fundar posteriormente la presente impugnación.-
Por lo expuesto y por lo que dispone el art. 317 de la Constitución de la República, por lo que establecen el art. 4 y concordantes de la Ley N° 15.869 y los arts. 142, 151 y 155 y concordantes del Decreto N° 500/991, a la Junta Departamental de Rocha, PIDO:
1º) Que me tenga por presentado, se tenga por denunciado el domicilio real, por constituido el domicilio especial y por interpuesto, en tiempo y forma, el presente recurso administrativo de reposición contra la Resolución N° 109/13 de fecha 18 de junio de 2013 de la Junta Departamental de Rocha, puesta en mi conocimiento el día 12 de agosto de 2014.-
2°) Que se tenga presente la reserva hecha a los efectos de fundamentar la presente impugnación y con ese fin, se reserven las actuaciones por el plazo de treinta días correspondiente a la instrucción respectiva.-
3°) Que, en definitiva, previos los trámites de estilo, se haga lugar al recurso interpuesto, se revoque la resolución recurrida y me sea permitido el cabal y pleno ejercicio de mi cargo de Edil de la Junta Departamental.-
OTRO SÍ DIGO: Que habiendo previamente instruido del contenido y alcance de la representación administrativa de los abogados, confiero la misma al Dr. Juan Carlos Castillo Cardoso, en los términos establecidos por el art. 82 del Decreto N° 500/991, haciendo constar a sus efectos que mi domicilio real, es el denunciado en la comparecencia.-

Dr. Juan Carlos Castillos Cardoso