Mientras que de este grupo de funcionarios , 70 no pueden
retirar carne del expendio aseguran fuentes de la administraciòn departamental.
Las retenciones que se aplican sobre los sueldos y las
pasividades en nuestro paìs no podrán superar el 70% de su monto líquido, y
además las empresas deberán seguir ciertos criterios al momento de decidir qué
orden de prioridad dar a las distintas retenciones hasta llegar a dicho tope.
A
su vez, los descuentos voluntarios o basados en convenios colectivos pasarán a
estar prohibidos.
La norma que establece estas cuestiones es la ley 17.829 del 4 de setiembre de 2004.Todos los
empleados y pasivos públicos y privados deberán recibir, al cabo de cada mes,
al menos el 30% de su salario líquido, es decir que sólo podrán tener retenciones
por el 70%.
Al poner en marcha la ley inclusión financiera ,también se establece que ninguna persona física podrá
percibir por concepto de retribución salarial o pasividad una cantidad de
dinero inferior al 30% del monto nominal, una vez deducidos los impuestos a las
rentas y las contribuciones especiales de seguridad social.
Ese porcentaje se elevará a 35% en 2015, a 40% en 2016, a
45% en 2017 y a 50% en 2018. El proyecto original establecía llevar a 50% el
mínimo no tangible en 2016 y en un plazo de dos años.