viernes, 5 de agosto de 2016

Gobierno de Rocha compró al contado 4 camionetas cero por un valor de 50 mil dólares.

En el mes de Junio el Gobierno de Rocha ,efectuó una contratación directa con la firma Julio César Lestido S.A. para la adquisición de cuatro camionetas cero kilómetro marca Volkswagen- modelo Saveiro, por un precio CIF de U$S 12.500 cada una, a pagar al contado según data la factura proforma de fecha 17/06/16,a la que accedió Rochaaldía.

 La compra y el gasto  fue observado por el Tribumal de Cuentas  ,debido a que el intendente no se ajustó a derecho en el procedimiento informaron nuestras fuentes.






El jefe comunal Anibal Pereyra no respetó  señalan desde el T.C.,el llamado a Licitación Abreviada que se realizó el 18 de enero Nº 1/2016 para la adquisición de 4 camionetas 0 km con capacidad mínima para 4 pasajeros con caja, así como aprobar entre otros el Pliego Particular de Condiciones.

Se informa ademas que en el precitado Pliego publicado en la página web de Compras Estatales, se estableció que: “Las unidades deberán permutarse sin costo para la IDR a los 2 años de adquiridas o a los 100.000 km, o lo que ocurra primero” (Artículo 2º);

Según  resolución Nº 783/2016 de 06/04/16 que el 17/02/16 se realizó la apertura de ofertas habiéndose presentado Santa Rosa Automotores S.A. y Ayax S.A, y la Comisión Asesora de Adjudicaciones con fecha 14/03/16 sugirió declarar manifiestamente inconveniente para los intereses de la Administración las ofertas presentadas, por lo que, el Intendente dispuso de conformidad;

Previo al llamado a precios, teniendo en cuenta las condiciones del mismo , se invitó a las firmas Sevel S.A., Carper, Lestido S.A. y Multimotors, a participar ,pero mediante la resolución Nº 1399/2016 de 31/05/16 el Intendente dispuso al amparo de lo dispuesto por el Artículo 33 Numeral 2, Literal C) del T.O.C.A.F., disponer la compra directa a Julio César Lestido S.A. de 4 camionetas Marca Volkswagen- modelo Saveiro, por un precio CIF de U$S 12.500 cada una, a pagar al contado. En la misma resolución se consignó que el recambio de dichas unidades, deberá hacerse por permuta sin costo para la Intendencia a los 2 años de adquiridas o a los 100.000 km, o lo que ocurra primero.

El Tribunal de Cuentas no recibió información contable sobre esta compra .
                               
Desde la Entidad Fiscalizadora Superior que  ejerce el contralor de la Hacienda Pública en beneficio directo de la Sociedad se nos informa que  no surge de las actuaciones remitidas que se haya invitado a los oferentes originales, como lo exige la norma; que también en contravención a dicha norma, la contratación no se realiza con bases y especificaciones idénticas a las del procedimiento fracasado, al eliminarse las condiciones de recambio de las unidades.

No se intrepretó bien lo que dice el Artículo 33 Literal C) Numeral 2) del T.O.C.A.F. que  prevé la contratación directa cuando la licitación pública, abreviada o remate resultaren desiertos, o no se presentaren ofertas válidas o admisibles, o que las mismas sean manifiestamente inconvenientes, y que la contratación deberá hacerse  con bases y especificaciones idénticas a las del procedimiento fracasado, y en su caso, con invitación a los oferentes originales, además de los que estime la Administración;-


Las cuatro camionetas fueron distribuidas en los distintos Municipios del departamento.