jueves, 4 de mayo de 2017

El Dr Salle diserta en Rocha por cobro retroactivo de impuestos.

El salòn de eventos del Centro Comercial de Rocha serà el lugar del encuentro con el abogado penalista ,este viernes 5 de mayo .

La comisión Directiva del CCIR fijo la hora 20 para que de comienzo la charla  sobre la inconstitucionalidad del cobro retroactivo del impuesto a las ganancias que brindará el Dr. Gustavo Salle.






Luego de la disertación del especialista, segùn informaciòn aportada desde la institución ,los presentes podrán realizar preguntas y planteos. Además, aquellos titulares de empresas que lo deseen, podrán sumarse a la demanda de inconstitucionalidad referida.


El IRAE y sus cambios en este 2017.

Si bien el IRAE mantiene su tasa en 25%, hay  varias modificaciones que derivarán en que las empresas terminen pagando más.

Uno de los cambios es que "los servicios personales estarán obligados a liquidar el IRAE en base real cuando le presten servicios a una sociedad contribuyente de IRAE de la que sean socios o accionistas, siempre que la actividad de la sociedad sea la de prestar servicios personales de igual naturaleza", expresa el informe.

A su vez, "se pasa a gravar al 7% la distribución de utilidades de sociedades que hayan optado por tributar IRAE prestadoras de servicios personales fuera de la relación de dependencia, siempre que las rentas que dieron origen a la distribución se hayan generado a partir del 1º de enero de 2017", agrega. Hasta ahora, estaban exoneradas.

Otro cambio que rige en este 2017  es que "sólo se permitirá deducir las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores (acumuladas durante los últimos cinco periodos) hasta el 50% del resultado fiscal positivo. Esta modificación implica que la empresa deba pagar cada año al menos el 50% del IRAE generado en el ejercicio antes de computar las pérdidas fiscales", explicó CPA Ferrere.

Por otro lado, "se elimina la deducción en los sueldos fictos patronales de los titulares de empresas unipersonales o sociedades personales, permitiendo computarse únicamente cuando se liquide el IRAE por el régimen ficto. Por lo tanto, solamente se podrá deducir el sueldo patronal real, es decir por el que se paga IRPF", explica.

Otra modificación es que las rentas obtenidas por entidades residentes, domiciliadas, constituidas o ubicadas en países o jurisdicciones de baja o nula tributación o que se beneficien de un régimen especial de baja o nula tributación comenzarán a tributar el 25% en vez del 12% que tenían hasta fin de 2016.