jueves, 17 de agosto de 2017

Intendente asegura que licencia sindical es utilizada por Adeom para otros fines.

Por estas horas el gremio de los municipales de Rocha y el intendente Anìbal Pereyra mantienen discrepancias con el acuerdo celebrado en el año 2015. Desde el gremio se acusa  al ejecutivo de no respetar lo acordado en materia salarial.Desde el ejecutivo al gremio en no acordar una reglamentaciòn de la licencia sindical.


El intendente Anìbal Pereyra dijo en el "Central del Mediodìa "que conduce Grazziella Fernandez en Difusora ,que el gremio "hoy plantea un total de licencia sindical para toda la directiva libre."






La directiva de Adeom se compone por once directivos. La licencia sindical que gozan  es la facultad que tienen los dirigentes sindicales para poder ausentarse dentro de su jornada laboral del centro de labores para efectos de ejercer las funciones inherentes a su cargo.

Sin embargo, el intendente  denuncia una  especie de desnaturalización del beneficio,al señalar que el uso de la "licencia gremial es para desarrollar la tarea no para justificar faltas,no para tareas particulares."

El jerarca entiende que se debe " que prestigiar las herramientas para fortalecer el funcionamiento de los colectivos ."

Hoy Adeom presentó ante el ejecutivo una propuesta solicitando un total de licencia sindical para toda la directiva libre ,más 1500 horas .Estamos hablando de 3700 horas de licencia gremial mensual.
La intendencia plantea 1000 horas dice Pereyra.

"Asegurándose que aquellos delegados gremiales que participen en encuentros sindicales quedan por fuera de esas mil horas.Y por fuera quedan aquellas horas acordadas por seguridad laboral.Ni van a perder  los trabajadores compensación por esas tareas. "

Adeom se alejò porquè entendemos que es una  propuesta descabellada .Anteriormente el gremio presentò planteo por 1300 horas sentencia Pereyra.


El uso de este beneficio si se llega a un acuerdo por las 3700 horas ,le costarà  al contribuyente  620 mil pesos mensuales.

Tomemos en cuenta las palabras del intendente "una  propuesta descabellada".



La Constitución de la República dispone en su art. 57 que: “La ley promoverá la organización de sindicatos gremiales, acordándoles franquicias y dictando normas para reconocerles personería jurídica…” Se reconoce a la libertad sindical y a los derechos derivados de ella como derecho fundamental y se establece en el Estado la función primordial de amparar dicho derecho y de crear normas que hagan posible su ejercicio en forma normal.

Así mismo, el Art. 4, Ley N° 17940 “(Licencia sindical) nos dice: se reconoce el derecho a gozar tiempo libre remunerado para el ejercicio de la actividad sindical. 

El ejercicio de este derecho será reglamentado por el Consejo de Salarios respectivo o, en su caso, mediante convenio colectivo”.
Informes especializados del tema manifiestan que... “el alcance objetivo del Fuero Sindical admite integrar a las llamadas facilidades o prerrogativas sindicales, que permite al trabajador disponer de un determinado número de horas semanales para dedicarlos a su militancia, o, eventualmente, un determinado número de días al año, que posibilite al militante a concurrir a cursillos sobre capacitación sindical, congresos u otros tipo de eventos tanto en el orden nacional como internacional. 

La licencia justifica y favorece la actividad sindical en el caso del dirigente, que mantiene una dedicación más intensa que el simple militante”.